MONTERREY, NL (apro).- Un juez de distrito ordenó esta noche la liberación inmediata del exgobernador Rodrigo Medina de la Cruz, quien se encontraba internado en el penal del Topo Chico desde esta madrugada, acusado de los delitos de peculado y daño al erario.
Si abandona la prisión en las próximas horas, como se prevé, el aún priista no habrá pasado ni un día tras las rejas, pues la justicia federal consideró que no existe evidencia que indicara que puede sustraerse de la acción de la justicia si está en libertad.
Apenas hoy a las 4:00 horas, luego de una maratónica sesión de imputación que inició el miércoles 25, el exmandatario había sido detenido y enviado al interior del reclusorio estatal, por orden del juez de control Miguel Ángel Eufracio, que lo vinculó por peculado y daño al patrimonio estatal, y ordenó su detención para evitar que huyera.
Esta noche el juez quinto de distrito en materia penal de Nuevo León, en la resolución del amparo 39/2017 promovido por el acusado, ordenó al juez de control dejar sin efecto la determinación, pues contravenía una suspensión concedida previamente.
“El órgano jurisdiccional ordenó al juzgador que las cosas vuelvan al estado que tenían al momento de concederse dicha suspensión, esto es, proveer la libertad e informar de inmediato a este juzgado de distrito del cumplimiento, apercibido que de no hacerlo se le impondrá una multa de cien a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización al momento de realizarse la conducta sancionada”, expone el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) en una nota que publica hoy en su página.
De acuerdo con la resolución, Eufracio Rodríguez señaló que los delitos imputados son de naturaleza dolosa y atentan contra el patrimonio del Estado, aunque estimó como mínima la posibilidad de que el promovente se sustrajera de la acción de la justicia, pues ya anteriormente había comparecido en la misma causa, en la que se le acusa de haber entregado indebidamente estímulos fiscales por más de 3 mil millones de pesos a la armadora surcoreana KIA.
Para ordenar la liberación del priista, el órgano jurisdiccional señala que el delito atribuido no es grave ni amerita prisión preventiva oficiosa.
Por ello, al privarlo de la libertad, en la audiencia que inició el miércoles 25 de enero y concluyó la madrugada del jueves 26, el juez estatal no acató la suspensión provisional que había sido concedida, si se considera que el mismo juzgador consideró que no hay riesgo acreditado de que el imputado huya, como pudo haberlo legitimado al aplicar el principio de excepcionalidad contenido en los artículos sexto, 171 y 185 del Código Procesal Penal del Estado de Nuevo León, para imponerle la medida cautelar de prisión preventiva.
“En consecuencia, no debió restringir de la libertad al exgobernador imponiéndole la medida cautelar personal consistente en la prisión preventiva y contrariar, con ello, la suspensión provisional decretada por este juzgado de distrito”, se establece en el resolutivo.
El amparo, sin embargo, no exime al imputado de comparecer ante el juzgado de distrito y de continuar con el juicio natural que se le sigue, pues al concedérsele la suspensión se le señala que deberá presentarse ante el juez de origen las veces que sea requerido y también ante el órgano jurisdiccional que le otorgó la protección legal, señala el CJF.
Luego de haber sido detenido, Medina fue internado en el penal del Topo Chico, donde se le tomó una foto como registro administrativo, en uniforme naranja, una imagen que se difundió hoy en redes sociales.
Durante la tarde el fiscal Ernesto Canales, que persigue al exmandatario, dijo que éste podría ser trasladado a otro reclusorio para proporcionarle mayor seguridad, además de que anticipó que Rodrigo Medina estaría en la cárcel durante 30 días.
Por la noche el abogado del exmandatario, Alonso Aguilar, estuvo en el exterior de la penitenciaría ubicada al norte de la capital, donde se le observó despreocupado.
http://www.proceso.com.mx/472014/ordena-juez-federal-liberar-a-exgobernador-rodrigo-medina
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